01 Las cárceles catedralicias - Curiosidades de la catedral de Burgos

01 Las cárceles catedralicias - Curiosidades de la catedral de Burgos

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Jan 30, 2026

El cabildo Burgalés gozó de bulas papales y jurisdicción propia desde el 13 de abril de 1369, dependiendo directamente de la Santa Sede y pudiendo excomulgar a quién lo incumpliera.
La Catedral por lo tanto tuvo varias dependencias destinadas a prisión de eclesiásticos indisciplinados y que cometían delitos, que tras dejar de ser útiles, posteriormente se convirtieron en carboneras o habitaciones para los criados.
En esa época medieval ser clérigo no se diferenciaba mucho de un seglar. Tenían sirvientes, portaban armas, llevaban cabalgaduras, a veces eran jugadores o mujeriegos dependiendo de su nobleza y capacidad económica.
Para impartir justicia, desde 1457 el cabildo nombraba a los jueces de las Cuatro Témporas, o tiempos litúrgicos que empezaban con las estaciones del año, determinando los periodos de ayuno, penitencia y demás ritos. Los jueces elegidos para las Cuatro Témporas del año eran tres, dos canónigos y una dignidad capitular, nombrados entre los mayores de 25 años según el orden establecido en las sillas de los dos coros, el del arcediano de Burgos y el del cabildo.
Pero en 1497, al no corregirse debidamente las faltas, se estableció por estatuto capitular que los jueces, bajo juramento, castigaran las injurias verbales, blasfemias, todo tipo de peleas, incorreciones en el hábito clerical, juegos de naipes y de apuestas con mucho dinero, reuniones para divertirse, portar armas, adulterios, concubinatos y falta de moralidad, así como el incumplimiento del servicio en el coro y de las funciones asignadas.
Si la pena excedía de una multa de 300 maravedís, se llamaba a declarar al implicado, castigándolo también con prisión, destierro de la ciudad o penas corporales. La audiencia de los jueces se celebraba en el llamado Poyo de San Cristóbal, bajo el mural del santo, tras la puerta del Sarmental.
Se habilitaron cárceles en las torres, en la llamada casa del Comunal en la puerta de Santa María, en el palacio episcopal y otros lugares, pero la más utilizada fue el Husillo que da a la plaza del rey San Fernando, hoy único resto del sobreclaustro que quitó Lamperez, destinado a habitaciones y biblioteca en la época del obispo Luis de Acuña.
La utilización del husillo como cárcel se alargó varios siglos, pasando por él arcedianos, abades, canónigos, y sobre todo capellanes y sirvientes, permaneciendo desde unos pocos días hasta largas temporadas, contabilizándose alguna que otra fuga, por lo que las cárceles capitulares se dotaron también con cepos y grilletes.
Las condiciones insalubres del Husillo por la humedad le dieron el sobrenombre de “la cámara verde” posiblemente por el moho. Al estar ocupado el Husillo se usaban como cárceles las cámaras de las torres, entrando la nieve en el crudo invierno burgalés.
Pero esta jurisdicción fue controvertida, gestándose numerosos pleitos entre el cabildo y los obispos y arzobispos, como en 1516, cuando la Rota Romana inhabilitó al obispo Juan Rodríguez de Fonseca y a sus jueces diocesanos por castigar los delitos del personal de la Catedral.
A las indisciplinas cometidas por el clero se intentó poner remedio con el concilio de Aranda en 1473 y posteriormente el Concilio de Trento entre 1545 y 1563, sucediéndose las reformas hasta el Concilio Vaticano II de 1962 a 1965.

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